La iniciativa (expte. 4855-D-2022) es de la autoría de Mara Brawer y está cofirmada por sus compañeros de bloque: Daniel Gollán, Pablo Carro, Hugo Yasky, Claudia Ormachea, Carolina Gaillard, Ma. Rosa Martínez, Susana Landriscini, Itaí Hagman y Lisandro Bormioli.
Como todos los proyectos de eutanasia se funda en una pretendida autonomía de la voluntad.
Garantiza la eutanasia a las personas mayores de 18 años que, “a causa de una enfermedad grave e incurable, de una lesión, o de un padecimiento crónico grave, progresivo e imposibilitante, estén sufriendo intensos dolores o padecimientos psíquicos, o una condición de gran dependencia y disminución de su integridad, que a juicio de la persona resulten indignos o intolerables”. Es decir, las condiciones para la eutanasia terminan siendo subjetivas y dependen de la percepción que tenga el paciente de su sufrimiento.
En caso de incapacidad para consentir o expresar el consentimiento, sólo se podrá aplicar la eutanasia al paciente que hubiera suscripto directivas anticipadas.
Objeción de conciencia: en similitud con los casos de aborto, el profesional que no esté dispuesto a matar a su paciente, deberá derivarlo “sin dilaciones”. Lo mismo el centro de salud que no cuente con personal que practique la eutanasia. El incumplimiento de esto “dará lugar a sanciones disciplinarias, administrativas, penales y/o civiles”.
Los objetores de conciencia “se abstendrán de emitir algún juicio valorativo de carácter religioso, ideológico o personal” y de intentar persuadir al paciente “con cualquier doctrina religiosa, ideológica o estrictamente personal” tratando de evitar la eutanasia.
La ley sería de orden público, con “aplicación obligatoria en todo territorio de la República Argentina”, cosa que no pasa con la Ley 27.678, de Cuidados paliativos (publicada en el BO hace un par de meses y aún sin reglamentar) que le deja a las provincias la posibilidad de adherir o no.